Consejo para la Integración Social de los y las Inmigrantes

CONSEJO LOCAL PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS Y LAS INMIGANTES

El  C.L.I.M. (Consejo Local para la Integración Social de los y las Inmigrantes) es un órgano consultivo municipal de participación democrática, con carácter representativo de información y asesoramiento en materia de integración social de los inmigrantes.

El C.L.I.M. lo integran los siguientes órganos de funcionamiento:

a) El Pleno

b) Las Comisiones de Trabajo

Tiene como fines generales:

  1. Plantear y conocer la problemática de este colectivo residente en el municipio para plantear alternativas posibles de solución.
  2. Planificación de acciones, actividades y Servicios Sociales con carácter global para las personas encuadradas en el marco de dicho colectivo.
  3. Conocer los recursos sociales existentes en relación con los afectados para su información y mejor utilización de los mismos.
  4. Conseguir la participación y el asociacionismo de este sector de población para el trabajo conjunto de todos.
  5. Ejecución y resolución periódica de la labor de este Consejo con la creación de comisiones, entre otras formas.
  6. Informar a todas las entidades integradas en este Consejo de la actuación del mismo.

Este Consejo tendrá con carácter general las siguientes funciones:

1. Elaborar informes, estudios, planes de actuación, programas, etc. en el marco de las actuaciones que le sean propicias.

2. Formular propuestas y recomendaciones tendentes a promover la integración de los inmigrantes en nuestra sociedad.

3. Regular el funcionamiento del Consejo conforme con lo previsto en el presente Reglamento.

4. Recibir información sobre programas y actividades que lleven a cabo otras Administraciones y Colectivos en materia de integración social de inmigrantes.

5. Elaborar y elevar anualmente al Pleno de este Excmo. Ayuntamiento, una memoria en la que se exponga los trabajos realizados y sobre la situación de la integración social de los inmigrantes en nuestra localidad.

6. Recabar y canalizar las propuestas de las Organizaciones Sociales, con actividad en el ámbito de la inmigración, con vistas a facilitar la convivencia entre los ciudadanos del municipio e inmigrantes.

7. Cuantas otras actuaciones se consideren necesarias en relación con la integración social de los inmigrantes establecidos en nuestro municipio, así como cualquier otra que las disposiciones vigentes le atribuyan.

8. Conocer e informar de los temas puntuales relacionados con las personas inmigrantes.

9. Fomentar la participación y colaboración.

10. Establecer relaciones de coordinación entre consejos, organismos y entidades implicadas.

El Pleno del C.L.I.M está compuesto por los siguientes miembros:

A) La Presidencia, que corresponde al Alcalde, o por delegación a un miembro de la Corporación Local.

B) La Vicepresidencia, que corresponde al Concejal de Bienestar Social.

C) Un representante por cada grupo municipal con representación en el Ayuntamiento de Elche.

D) Tres vocales representativos de las O.N.G.S.,de acuerdo a criterios de finalidad, experiencia y municipalidad, nombrados por el Pleno Municipal.

E) Dos vocales a propuesta de los sindicatos mayoritarios.

F) Un vocal a propuesta de las organizaciones empresariales más representativas.

G) Un vocal de las organizaciones agrarias elegido en el Consejo Agrario Local.

H)Tres vocales que representen al colectivo de inmigrantes que estén legalmente constituidos e inscritos en el Registro Municipal, de acuerdo a criterios de finalidad y experiencia, nombrados por el Pleno Municipal.

I) Un vocal en representación de la Federación de Asociaciones de Vecinos.

J) Un vocal en representación del sector de Padres y Madres de Alumnos, pertenecientes y designados por el Consejo Escolar Municipal.

K) Los Concejales de Cooperación, Educación y Fomento.

L) Secretario: lo será el de la Comisión Informativa de Bienestar Social o un técnico del Departamento de Bienestar Social.

Asistirán a las reuniones, con voz pero sin voto, el Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue y un Técnico de la Concejalía de Bienestar Social, pudiéndose convocar a otros, cuando se estime conveniente.

Las asociaciones y entidades que quieran ingresar en el  Consejo deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar  legalmente constituidas y tener domicilio social.
  2. Tener como mínimo 10 socios.
  3. Formalizar solicitud de ingreso en la Concejalía de Bienestar Social con la documentación que se establezca a tal efecto.
  4. Ser aprobado su ingreso con el voto favorable de la mayoría simple de los componentes del Consejo.

 

COMISIONES DE TRABAJO

1.- Comisión de Información y Acceso a Recursos

2.- Comisión de Convivencia y Participación

3.- Comisión de Empleo y Formación

 


 

BOLETÍN INFORMATIVO

Nº1 Marzo 2010 (castellano / valencià)

De interés

Buzon Ciudadania
Directorio 
empleo 
Botón Perfil Contratante
Turismo y ocio 
transportes 
Botón Callejero 
Botón Vivienda
tiempo en elx
boton farmacia 130x49
 

  
Banner Cultura
Escorxador
logo IMT